La adquisición de las tarjetas de contacto conlleva un recargo de 3 euros que serán reintegrados con la devolución de la misma o compensados cuando se efectúe la adquisición de una nueva tarjeta de contacto.
El Ayuntamiento de Torrelavega, al amparo de lo previsto en el Título V del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía (BOE Núm. 310 jueves 28 de diciembre de 2023), ha acordado adherirse a las medidas previstas en el mismo y prorrogar las ayudas para rebajar un 50 % el precio del transporte público colectivo a los usuarios habituales.
Por resolución de alcaldía de 28 de diciembre de 2023 se ha acordado prorrogar, en base a lo previsto en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, (BOE Núm. 310 jueves 28 de diciembre de 2023), la vigencia del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de febrero de 2023 y en consecuencia la reducción del 50% en las tarifas de los Bonos/Abonos del transporte público colectivo, hasta el 31 de diciembre de 2024.
TIPO DE BILLETE | IMPORTE |
Bono de 10 viajes pagado con tarjeta sin contacto | 2,5 € (0,25 €/viaje) |
Bono mensual pagado con tarjeta sin contacto | 7,5 € |
Abono Joven para menores de 30 años pagado con tarjeta sin contacto | 15 € al trimestre con número ilimitado de viajes |
Los transbordos entre
diferentes líneas de duración inferior a 1 h. que se abonen con tarjeta serán GRATUITOS
si estás empadronado
ABONO SOCIAL
Para perceptores de prestaciones por desempleo o ayudas sociales y personas sin ingresos.
100% de bonificación si la renta es inferior al SMI y 50% de bonificación si la renta es superior al SMI y hasta 1,5 veces
ABONO DISCAPACITADOS
Para discapacitados con más del 33% de minusvalía, acompañantes del discapacitado cuando es menor de 16 años o con certificado de movilidad reducida y mayores de 65 años.
90% de bonificación si la renta es inferior al SMI y 50% de bonificación si la renta es superior al SMI y hasta 1,5 veces
ABONO FAMILIA NUMEROSA
50% de bonificación si los ingresos familiares no superan dos veces el SMI
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